El cheque es un documento mercantil por el que un banco o entidad de crédito se obliga al pago de una determinada cantidad por orden de uno de sus clientes y con cargo a su cuenta bancaria.
La letra de cambio es un documento mercantil por el que una persona, librador, ordena a otra, librado, el pago de una determinada cantidad de dinero, en una fecha determinada o de vencimiento.
El pagaré es un documento escrito mediante el cual una persona se compromete a pagar a otra una determinada cantidad de dinero en una fecha acordada previamente.
La diferencia con la letra de cambio radica en que quien emite el pagaré es el propio deudor (y no el acreedor)
El Cheque Documento
consistente en un mandato de pago que
permite a su poseedor recibir una cantidad determinada de dinero contra los
fondos que la persona que firma el cheque –librador- tiene en una entidad
bancaria.
Es
un documento por el cual una persona o
librador (la que lo expide o emite y lo firma) ordena a una entidad bancaria (el librado) que pague una determinada suma
a otra persona o empresa (el beneficiario o tenedor)
· Tipos
de cheque
o
Al portador
Cheque
en el que figura la leyenda “al portador” en lugar del nombre expreso del
beneficiario. Puede ser cobrado por la persona que lo tenga en su poder.
o
Nominativo
Cheque
extendido a nombre de una persona, que solo esta puede cobrar.
o
Nominativo a la orden
Cheque
nominativo que puede ser endosado (transmitido a otra persona mediante
declaración escrita del titular en el propio documento).
Cheque
nominativo, es decir, extendido a nombre de una persona y que sólo puede ser
cobrado por ella.
o
Nominativo no a la orden
o
Cruzado
Cheque
en el que se trazan dos rayas paralelas y que solo puede ser pagado a un banco
o a un cliente de este. Si se expresa el nombre de una entidad entre las dos
líneas, solo se podrá hacer efectivo a través de dicha entidad. Si entre las
dos líneas figura la expresión “y compañía” o “y cía.”, podrá hacerse efectivo
en cualquier entidad bancaria.
o
Cheque para abonar en cuenta
o
Cheque conformado
Cheque
en el que la entidad bancaria acredita que el emisor del mismo dispone de
fondos suficientes, los cuales son retenidos hasta efectuar su pago
o
Cheque bancario
Documento
expedido por una entidad bancaria por el cual se obliga a sí misma a abonar una
cantidad de dinero.
o
Cheque contra la cuenta del Banco de España
es
aquel en el que el librado es el Banco de España. Normalmente el librador es
una entidad de crédito. Al igual que el cheque conformado, refuerzan las
garantías del documento.
o
Cheque de ventanilla
Cheque
que facilita un banco a su cliente cuando no dispone en ese momento de un
talonario de cheques.
o
Cheques de viajero
§ Cheques
emitidos en una divisa extranjera que pueden ser convertidos en efectivo de esa
divisa en otro país, previa firma e identificación del tenedor. Dada su gran liquidez,
son una alternativa a las tarjetas de crédito para viajar sin el riesgo que
supone llevar grandes cantidades de dinero en efectivo.
· El
Endoso de Cheques
· El
Impago de Cheques
El pagaré Título
o documento por el que una persona física o jurídica se compromete a pagar una
cantidad determinada en una fecha futura.
· Tipos
de pagarés
o
A la orden
o
Nominativo a la orden
o
Nominativo no a la orden
o
Cruzado
o
Para abonar en cuenta
· Tipos
de vencimiento
o
A la vista o sin vencimiento
o
Con vencimiento a un plazo desde su fecha
o
Con vencimiento fijo
· El
Endoso de Pagarés
o
A favor de una persona determinada
o
En blanco o al portador
· Aval
de Pagarés
La Letra de Cambio Documento
que obliga al pago de una cantidad en una fecha determinada (vencimiento) y a
favor de un tercero, cuyo nombre ha de figurar en la letra. Quien emite la
letra se llama librador y ordena el pago de la cantidad fijada a un tercero. La
letra es negociable y se puede endosar, es decir, transmitir a terceros.
· Aceptación
de la Letra de Cambio
· Tipos
de vencimientos
o
A la vista o sin vencimiento
o
A un plazo contado desde su fecha
o
A un plazo contado desde la vista
o
A fecha fija
· Endoso
de la Letra de Cambio
o
A favor de una persona determinada
o
En blanco o al portador
· Aval
de la Letra de Cambio
· Falta
de aceptación y falta de pago
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